Guía Explicativa de la RG 5329 de la AFIP - Régimen de Percepción de IVA

Lucas Benvenuto

Última actualización hace un año

Aquí tienes una guía explicativa de la Resolución General 5329 de la AFIP, que establece el Régimen de Percepción de IVA para ciertas operaciones de venta de productos específicos:

La resolución RG 5329, implementada el 13 de febrero de 2023, incluye información sobre el Régimen de Percepción de IVA aplicable a las operaciones de venta de productos alimenticios para consumo humano, bebidas, artículos de higiene personal y limpieza. A continuación, se detallan algunos aspectos relevantes:

  • Aspectos Relevantes

Tipo de producto: Se aplica a la venta de productos alimenticios para consumo humano, bebidas, artículos de higiene personal y limpieza, excepto carnes, frutas, hortalizas y ciertos productos de panadería y pastelería.

Condiciones para aplicar la percepción:

Cliente: Responsable Inscripto en IVA, no transforma el producto alcanzado, no es agente de retención de IVA y no posee certificados de no percepción de IVA vigentes.


VendedorResponsable Inscripto en IVA, facturando un artículo de Consumo Masivo, no es agente de percepción de IVA y no está inscripto en el Registro de Sujetos No Alcanzados - Productos de Consumo Masivo.


Facturador: Debe facturar un artículo de consumo masivo.

Base de cálculo: Se toma como base el precio neto de la operación, conformado por los productos alcanzados por el régimen.

Alícuotas: Se aplican dos alícuotas de percepción: 3% para productos con IVA del 21% y 1,5% para productos con IVA del 10,50%.

Importe de percepción mínima: El importe mínimo de percepción es de $3.000 por cada comprobante emitido, sin acumular operaciones del mes.

Forma de ingreso: El ingreso de las percepciones se realiza a través del sistema SICORE, utilizando el código de régimen 602 (impuesto 767).

Constancia de percepción: En la factura emitida debe discriminarse el importe percibido y hacer mención al Régimen de Percepción de IVA aplicado, indicando también la alícuota aplicada.

Aplicación en Netegia

El RG5329 viene configurado por defecto en Netegia, por lo que solo es necesario activarlo en los artículos que son alcanzados por el mismo. Para hacer esto, se debe ir a la sección de Artículos/Impuestos y marcar la casilla correspondiente.

Es importante tener en cuenta estos aspectos para cumplir adecuadamente con las disposiciones de la AFIP en relación con el Régimen de Percepción de IVA establecido en la RG 5329.

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